En la práctica cuando un perito informático forense es requerido de parte, por una empresa, muchas veces no podemos realizar nuestro trabajo debido a las irregularidades o inexistentes políticas definidas por la empresa. Para nosotros es básico que la empresa defina todo aquello que tiene que ver con el acceso a los equipos informáticos de la empresa y su utilización. Así como los programas y el uso limitado de los mismos.
Por ley, las empresas han asumido e implementado el Reglamento General de Protección de Datos, aun así, tiene que ser frustrante ver a tu trabajador dormido en el puesto de trabajo y tener que readmitirlo. TSJ-Andalucía 28/11/2020
La tecnología, hoy en día ya no es una opción, no basta con asimilar lo que hay, la empresa debe que evolucionar con ella, conceptos como teletrabajo, dispositivos BYOD, acceso a las comunicaciones en la empresa de los empleados etc. Deben estar bien limitadas, definidas y aprobadas por ambas partes.
Para que la empresa pueda defender sus derechos es necesario la coordinación entre abogados y peritos informáticos, por lo que proponemos un estudio de su empresa. Aportando LegalTech a su empresa, implementaremos sus necesidades para establecer los límites con cierta garantía.
Francisco Javier Folgado de la Rosa, CEO en Disrupción Tecnológica SL
Número de colegiado COITICV: 20180004